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Revelación

Nuestra Madre Iglesia define y distingue con total claridad lo que es la revelación pública y la que significa la revelaciones privadas.

La revelación pública inició cuando Jesucristo inició su vida pública y termino cuando murió el último de sus apóstoles, San Juan.

Las revelaciones privadas son experiencias religiosas o místicas que una persona recibe de una entidad Divina como Dios Padre, Jesucristo, la Virgen María, algún santo, ángel o arcángel las cuales no forma parte del "depósito de la fe" de la Iglesia.

Clasificaciones de las revelaciones privadas y Canon San Paulo VI

1. Aprobadas por la Iglesia

Son todas aquellas que cuentan con la aprobación oficial del obispo del lugar donde sucedió dicha revelación y en algunos casos esta aprobación es romana.

Algunos ejemplos: La Virgen de Guadalupe en México, la Virgen de Fátima en Portugal, de Lourdes en Francia, la del Pilar en España, Virgen de Kibeho en Ruanda, la Virgen de Akita en Japón.

2. No aprobadas

Todos aquellos casos de supuestos videntes que dicen recibir mensajes o visiones del cielo y cuyos casos son formalmente estudiados por su repectiva dióscesis y como resultado de tal estudio la dióscesis determina no apobar como cierta esta supuesta revelación.

3. En proceso

Todas aquellos casos de revelaciones cuyo caso está en estudio formal por parte de la dióscesis o de la misma Iglesia romana. El mejor ejemplo de este caso es el de la “Reina de la Paz” reportada desde 1981 y vigente hasta este momento en 2025 en Medugorje, Bosnia.

4.Sin inicio de proceso formal

Todos aquellos casos de supestas apariciones del cielo reportadas en muchas dióscesis del mundo cuyos casos a pesar de ser reportados a sus respectivas dióscesis los respectivos obispos deciden aplazar ya sea de manera indefinida o definitiva su respectivo estudio dioscesano. Estos casos suceden cada vez con mayor frecuencia. De hecho desde las últimas décadas la gran mayoría de los obispos del mundo evitan, alargan o ignoran los casos reportados de revelaciones en sus respectivas dióscesis.  

   

5.Perseguidas

Existe una quinta clasificación entre las revelaciones y estas son las perseguidas. En un pequeño poblado muy cerca de Cleveland, Ohio en el Condado de Lorain a partir de 1993 existe un oasis de remanso, de paz espiritual, de amor a Jesús, a María, a San José, al igual de devoción por Santo Tomás de Aquino,  Padre Pío,  San Miguel Arcángel y de manera muy especial a los Corazones Unidos de Jesús y de María.

Si no tienen por ahora oportunidad de viajar a este santuario ecuménico (verdadero ecumenismo  no falso ecumenismo) visiten la página www.amorsanto.com o bien www.holylove.com

Monseñor Antohony Michael Pilla (1932-2021+) quien fuera obispo de la dióscesis de Cleveland de 1981 a 2006 fue un incansable perseguidor de esta revelación privada. A tal grado llegó su repudio con esta revelación que se dio a la tarea de escribir cartas a todos los obispos del mundo para que prohibieran a sus fieles visitar “Holy Love”. En ningún momento dio argumentos sólidos, no se tomó el tiempo de realizar una investigación diocesana ni pudo revelar algún mensaje contradictorio a la doctrina católica. 

Como suele suceder, esta campaña de desacreditación a esta revelación privada publicitó y consolidó la devoción de miles de fieles a esta devoción.

Derecho Canónico Romano

Desde la abolición de los Cánones 1399 y 2318 del antiguo Código de la Ley Canónica por el Papa Paula VI  en AAS58 (1966) página 1186, se ha permitido que las publicaciones sobre nuevas apariciones, revelaciones, profecías, milagros, etc. sean distribuidas y leídas por los fieles sin el permiso expreso de la Iglesia, siempre y cuando no contengan nada que contravenga a la fe, a la conducta moral y de que su lectura y de que tal devoción promueva la edificación del alma del devoto. 

“Demos gracias a Dios por este gran regalo, no apaguemos el Espíritu ni despreciemos las profecias, examinemos todo cuidadosamentey retengamos lo bueno”.

1 Tesalonicenses 5